¿QUÉ DEBO HACER SI ME HAN ROBADO?

qué debo hacer si me han robado

Un caso bastante frecuente con el que nos encontramos los abogados penalistas es el hecho de que una persona haya sufrido un robo. A continuación, desde nuestro Despacho en Málaga queremos ofrecer unas recomendaciones básicas.

En primer lugar es importante distinguir entre el robo y el hurto, ya que aunque parezcan iguales, realmente no lo son a efectos legales. El Código Penal define el hurto de la siguiente manera en su artículo 234:
El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a dieciocho meses si la cuantía de lo sustraído excediese de 400 euros.

¿Qué se entiende por robo?

Por su parte, se define el robo en el artículo 237:
Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas, sea al cometer el delito, para proteger la huida, o sobre los que acudiesen en auxilio de la víctima o que le persiguieren.

Si hemos leído con atención observaremos que en el robo existe violencia o intimidación, supuestos que no se dan en el hurto. De ahí la diferencia y, consecuentemente, que la pena sea mayor en este último caso.

También queremos explicar que para reclamar judicialmente un robo habrá diferencia entre si conocemos la identidad de la víctima o si no la conocemos (que es el supuesto más habitual). En el primer caso se interpondrá una querella criminal, mientras que en el segundo presentaremos una denuncia ante la Policía. En cualquiera de los casos es recomendable acudir a un abogado penalista para que nos ayude. Este analizará nuestro caso y nos indicará la mejor opción, además de resolver nuestras dudas.